Mentalidad norte-europea versus sur-europea

Con este artículo intento sacar a relucir una cuestión con la que convivimos cada día, y de la que no somos conscientes la mayor parte del tiempo.

Hace poco en un curso, comentaba un profesor algo que me llamó la atención sobremanera. Estábamos estudiando un tema de normativa laboral en el ámbito del transporte. Como es normal, la base de la normativa procedía de Europa, y nos contaba este profesor el por qué de la dificultad que teníamos para entenderla.

Resulta que en Europa existen dos tipos diferentes de cultura social básicos. Por una parte está la cultura de los países del norte de Europa, y justo en contrapartida los países del entorno mediterráneo.

La cuestión es que, los norte-europeos son educados en un sistema por el cual, cuando aparece una norma o conjunto de normas que regulen algún tipo de actividad, los usuarios podrán realizar solamente aquellas tareas que son explícitamente permitidas por la normativa, y todo lo que la normativa no permite explícitamente no se puede hacer. Por el contrario, los países mediterráneos educan a sus jóvenes de forma totalmente contraria, enseñándoles que la ley lo que hace es restringir tus acciones, mientras no esté prohibido, se puede hacer. Así, un mismo conjunto de normas, que regulan el mismo sector tanto en Alemania como en España puede ser entendido de formas diferentes. Si además, sumamos que junto a la regulación europea puede aparecer regulación nacional que complemente la primera, pues se arma una fiesta en nuestra cabeza importante.

Todo esto aplica igualmente a la empresa, dado que no entenderemos su política de igual manera si su administración está compuesta por pensadores de un tipo u otro.

Pongamos un ejemplo para entender cómo esta afirmación actúa de igual manera para cualquier trabajador en la empresa. El supuesto lo planteamos con los siguientes datos:

  1. Empresa familiar española.
  2. Dirección de segunda generación, con estudios en Bélgica.
  3. Cincuenta empleados.
  4. La directiva lanza el siguiente comunicado a sus trabajadores: 
    “La directiva de la empresa ha decidido implantar el uso de uniforme, así a partir del próximo día uno, se permitirá entrar al recinto de trabajo uniformado con los colores corporativos. Cada trabajador recibirá dos uniformes antes de terminar la jornada.
    Atentamente la dirección”

En primer lugar destacamos que existe un sector dentro de la empresa que no había sido regulado hasta ahora, y que desde el uno del mes siguiente pasará a estarlo, se regulará el protocolo de vestimenta. Para la dirección de la empresa está muy claro, tanto como lo estaría para un trabajador del norte de Europa que ficticiamente trabajara en esta empresa. “Se permitirá la entrada uniformado con los colores corporativos” es decir, solamente se permitirá la entrada con el uniforme reglamentario, el que nos dará la empresa, y además en perfecto estado, sus colores han de ser los corporativos, de manera que si se estropeara y los colores cambiaran, ya no sería posible el acceso a la empresa. Esta interpretación es la que se hará si entendemos como en el norte que la regulación dicta lo que sí podemos hacer, y todo lo demás está prohibido.

Un español, un italiano, un griego, un portugués… ¿qué interpretaría? pues que al recinto se puede entrar a partir del día uno del mes siguiente siempre que vayas vestido con los colores corporativos, y que la empresa te dará el uniforme para facilitarte esta labor, pero no hay prohibición expresa de ir con un pantalón y un polo siempre que coincida con los colores corporativos, porque no se ha prohibido la entrada con ropa de calle de forma expresa.

Realmente no hay que juzgar si una forma es mejor que otra a la hora de interpretar o crear reglamentación, sencillamente, como decía el profesor, son culturas diferentes, e intentar conocer la forma de pensar de nuestros vecinos nos puede facilitar mucho la convivencia entre todos los trabajadores de una empresa, ocupen éstos el puesto que ocupen.

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